Cómputo de Términos Judiciales y otros: Tablas

En esta ocasión el Puerto Rico Constitution Center (PRCC) presenta unas tablas que computan distintos términos: 7, 10, 15, 20 y 30 días.

El cómputo se realiza contado a partir del siguiente día, es decir que el cómputo para un término que comienza el 3 de enero se comienza a contar del 4 de enero en adelante. Verifique el origen de este cálculo en el Art. 388 del Código Político.

En estas tablas no se incluye el año porque se crearon para usar en cualquier año (incluyendo el bisiesto).  Una vez encuentre el término deseado debe validar en su calendario si es día feriado, sábado o domingo para que pueda extenderlo según la Regla 68.1 de Procedimiento Civil de 2009. Vea aquí los días feriados del Estado Libre Asociado de Puerto Rico para el año 2021.

El Tribunal en su Regla 68.2 explica qué es la prórroga y/o la reducción de términos que puede aplicar a cualquier plazo concedido.  Para una explicación extensa de la prórroga de plazos y el vencimiento de estos puede ver el caso B.B.V v. E.L.A., 180DPR681 (2011). También le recordamos estar pendiente a los avisos del Tribunal Supremo para las extensiones de términos por situaciones de emergencia como Huracanes, tembolores, pandemia, entre otros.

La Regla 68.3 explica el plazo adicional cuando la notificación es por correo. 

Esperamos que estos documentos sean de utilidad para todos los que nos leen y que sirva de herramienta de trabajo para todo aquel que lo necesite.  Oprima el término de su interés para ver la tabla:

7 días

10 días

15 días

20 días

30 días

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